Atraen juicios de amparo contra reformas “antiabortistas”
Mujeres aseguran que cambios a Carta Magna de Colima afectan su libertad reproductiva y sexual
Jueves 24 de junio de 2010Carlos Avilés | El Universalaviles@eluniversal. com.mx La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió hacerse cargo de dos juicios de amparo que promovió un grupo de mujeres en contra de reformas que se aprobaron en Colima —en marzo de 2009— para proteger la vida desde el momento de la concepción, y que consideran medidas “antiabortistas” violatorias de distintas garantías protegidas por la Constitución del país.
Los ministros de la Segunda Sala acordaron atraer los amparos que inicialmente fueron desechados por un juez federal, por considerar que son de relevancia y de trascendencia nacional.
Explicaron que la medida implementada en la Carta Magna de Colima afecta además “el ejercicio de otras garantías, también fundamentales, consagradas en la Constitución a nivel federal, como son las de igualdad, de no discriminación, de protección a la salud, de audiencia, de legalidad, de religión, de libertad reproductiva y sexual, y del propio derecho a la vida, entre otras”.
Los dos juicios de amparo, afirmaron los ministros, son asuntos de especial interés debido a que pueden tener alcances significativos para la sociedad y para los actos del gobierno, pues actualmente existe una gran controversia en relación con la garantía que debe prevalecer: si el derecho a la vida a partir de la concepción, o el de las mujeres de evitar o interrumpir un embarazo no deseado.
Dijeron que atrajeron el caso debido a que se trata de un hecho notorio, pues tanto a nivel local como federal se han emitido normas que apoyan una u otra de estas posturas. Por una parte, en diversas constituciones locales se ha establecido la protección del derecho a la vida a partir de la concepción o fecundación; en otros casos se han establecido excusas absolutorias para el delito de aborto.
Quejas en otros estados
La revisión de los juicios, en opinión de los ministros, les permitirá pronunciarse y emitir criterios respecto a si la protección de la vida a partir de la concepción —contemplada en una Constitución local— produce o no, por su sola entrada en vigor, alguna afectación a mujeres en edad reproductiva que residan en la entidad de que se trate, y si esto hace procedente el juicio de garantías, o bien, si para la actualización de dicho perjuicio se requiere de un acto concreto de aplicación.
La reforma de Colima que establece que la vida es un derecho inherente a todo ser humano y que el Estado deberá protegerlo y garantizarlo desde el momento de la concepción, es similar a las aprobadas en otras 16 entidades.
Estos cambios han sido cuestionados por diversas ONG que consideran que representan un revés, principalmente para los derechos de las mujeres.
Los amparos de Colima fueron atraídos a petición del ministro Fernando Franco González Salas, quien también tiene a su cargo un juicio de acción de inconstitucionalidad en el que se impugnó una reforma similar aprobada en Baja California.
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